Si está realizando una búsqueda activa de empleo, debería saber que el contrato individual de trabajo es derecho para el empleado y una obligación para el patrón. Se trata de un acuerdo que documenta la prestación de un servicio a cambio de una remuneración.
Este documento es distinto al contrato o convenio colectivo del trabajo. Es decir, el contrato individual debe ajustarse a las normas de orden público laboral. De este modo, la legislación vigente protege a ambas partes y ayuda a garantizar unas óptimas condiciones de trabajo.
Asegúrese que la empresa cumple las normas legislativas y exija su contrato individual de trabajo. El departamento de Recursos Humanos deberá informarle de los requisitos del puesto y de sus deberes como empleado. Así como el tipo de contrato y sus características.
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¿Qué tipos de contrato individual de trabajo existen?
Este tipo de contrato se caracteriza por ser bilateral. Es decir, ambas partes suscriben el acuerdo para desempeñar una tarea. Además, el trabajador recibirá una remuneración por su trabajo y el patrón obtendrá beneficios con la venta de los productos o servicios fabricados por el primero. Por lo tanto, las dos partes reciben provecho.
Asimismo, el contrato individual de trabajo es conmutativo. Esto significa que las partes que suscriben el acuerdo pueden exigir un trato igualitario entre lo que se ofrece y lo que se recibe. En el ámbito laboral sería igual a las prestaciones o las obligaciones del empleador y el trabajador.
Igualmente, se trata de un acuerdo personal. Es decir, se realiza a una persona física. Mientras que el empleador puede ser una persona natural o jurídica.
Finalmente, debe tener en cuenta que un contrato individual de trabajo prolonga sus efectos en el tiempo. Pero esto no significa que sea de por vida, existen distintos tipos con duraciones variables.
Por periodos de evaluación o prueba
En este caso, el empleado debe superar un periodo donde se valoran sus capacidades y cómo se desenvuelve en su puesto. Si el patrón considera que su adaptación ha sido favorable, deberá cambiar la tipología del contrato. De lo contrario, si no cumple las expectativas, prescindirán de sus servicios.
Por un tiempo determinado
Se trata de un acuerdo por un tiempo concreto, que puede variar desde meses hasta un año. Aunque esto puede ser distinto dependiendo de la legislación laboral de cada país. Tras su finalización puede renovarse y que el trabajador continúe ofreciendo sus servicios a la empresa.
Contratación eventual
Se trata de un contrato para cubrir una situación concreta. Las más frecuentes son las vacaciones o bajas médicas y el aumento de la producción en una determinada época.
Por tiempo indeterminado
Este es el modelo ideal, como su nombre indica no tiene fecha de finalización. La relación con la empresa será de por vida salvo que el empleado decida marcharse.
Cuestiones que deben figurar en un contrato
Para garantizar que el acuerdo sea realmente útil es importante que se incluyan algunas cuestiones en la documentación. Así, ante una irregularidad o desacuerdo, el documento servirá de guía. Por ejemplo, algunos elementos necesarios son los siguientes:
- Tarea a desarrollar: puede ser física o intelectual, pero debe constar en el puesto que ocupará y la actividad que realizará.
- Remuneración o salario: es la compensación económica que entrega el patrón a los subordinados como pago por los servicios prestados.
- Relación de subordinación: el empleado debe acatar las directrices del empleador.
Sin embargo, existen otras características generales que no son necesarias incluirlas por escrito en el contrato individual de trabajo:
- Compromiso de ambas partes a cumplir el contrato.
- Consentimiento de ambas partes para realizar y remunerar las tareas.
- Objeto y causas para realizar el convenio.
Asimismo, si se omite la referencia a la duración del contrato, se entenderá que es de tipo indefinido. Por esta razón, es recomendable incluir este punto como obligatorio.
Finalización del acuerdo
Los contratos pueden finalizar por multitud de supuestos. Desde la jubilación del empleado, pasando por una dimisión hasta el incumplimiento del acuerdo.
Por esta razón, debemos prestar gran importancia a la documentación firmada. Ya que ante un despido improcedente, por ejemplo, podrá salvaguardar los derechos del empleado. O en el caso de no cumplir con las obligaciones estipuladas, dar derecho al patrón a finalizar nuestro contrato.
Por lo tanto, asegúrese que está de acuerdo con lo que va a suscribir. Y sobre todo, solicite su copia. Ya lo dice el dicho, más vale prevenir que curar.
¿Cuál es la edad obligatoria para poder firmar un contrato individual de trabajo?
Querer trabajar no es sinónimo de poder hacerlo, ya que existen unas normas legales en el ámbito laboral. Una de las más destacables es la edad para entrar en el mercado laboral.
Esta cuestión tiene gran importancia, debido a que la explotación infantil a día de hoy continua siendo un problema en algunos países. Por tanto, las regulaciones legales establecen una edad mínima para poder empezar a trabajar. Esto sirve para minimizar este abuso.
Sin embargo, no hay un acuerdo a nivel internacional. Por lo tanto, cada país tiene sus propias normas en este aspecto. A continuación, vamos a recopilar algunos de ellos:
- México: 15 años, autorización de los padres, jornadas de seis horas como máximo.
- Colombia: 16 años, autorización de los padres, autorización de un inspector de trabajo.
- Ecuador: 15 años, sin autorización, menos de 30 horas semanales.
- Perú: 14 o 15 años dependiendo del sector, autorización de los padres.
- España: 16 años con autorización de los padres o si están emancipados, 18 años sin autorización.
- Estados Unidos: 14 años excepto actividades agrícolas, 16 años con restricciones de jornada.
En conclusión, si va a iniciar la búsqueda de su primer empleo, tenga en cuenta las restricciones de su país. En la mayoría de lugares es necesario contar con el beneplácito de los progenitores o tutores legales si no supera la edad mínima establecida.
Por otra parte, para aquellas personas que intentan lograr la inserción laboral es importante que exijan su contrato individual de trabajo cuando vayan a comenzar su actividad. De este modo, podrán conocer sus derechos y obligaciones.
Ahora que ya conoce como funcionan este tipo de contratos, ¿cuál se adapta más a usted?