ley de comercio exterior

Regulaciones de Ley de Comercio Exterior

No importa lo que traiga o lo que quiera llevar más allá de nuestras fronteras. Si se dedica al comercio internacional, necesita conocer la Ley de Comercio Exterior. México establece esta legislación como la máxima normativa para regular el mercado a nivel global.

La globalización es el reflejo de la unión sin limitaciones territoriales, culturales o ideológicas. Esto significa que el acceso a los productos y servicios es prácticamente universal. Al menos, teóricamente.

En este sentido, la globalización es uno de los factores que favorece el comercio de carácter internacional. Sin embargo, para que sea justo y, sobre todo, seguro, es necesario que cada país cuente con su propia normativa. De este modo, cada nación velará por el cumplimiento de  sus derechos y  sus deberes.

¿Qué es el comercio exterior?

El comercio exterior es un intercambio de bienes o servicios entre distintas naciones. Con el fin de satisfacer las necesidades de sus mercados de forma interna y externa. Veamos un ejemplo:

México tiene una sobreproducción de pimientos. Mientras que Francia no cultiva este producto en su territorio. El primero actúa como ofertante y el segundo como demandante. De esta forma, llegan a un acuerdo e intercambian esta verdura a cambio de una cantidad de dinero determinada.

De esta forma, ambos países quedan satisfechos. Sin embargo, esto no funciona así de sencillo. Entran en juego los aranceles, las políticas de transporte, las normas de seguridad alimentaria,…Entonces, para que el intercambio se produzca correctamente es necesario que las partes intervinientes estén de acuerdo con sus legislaciones.

Dictamen de la Ley de Comercio Exterior

Esta legislación data del año 1993, cuando se publicó por vez primera en el Diario Oficial de la Federación. Esta normativa consta de nueve títulos donde se exponen las consideraciones relativas al comercio exterior en los Estados Unidos Mexicanos.

El texto vigente ha sido reformado por última vez en el año 2006. Estando como Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Carlos Salinas de Gortari.

Según el título I, su objetivo principal es la regulación y promoción del comercio exterior en México. Así mismo, busca «incrementar la competitividad de la economía nacional». En este sentido, esto serviría para favorecer «el uso eficiente de los recursos productivos del país».
Además, es de utilidad para la integración de la economía mexicana en el marco de la internacional. Pudiendo ayudar así a aumentar el bienestar de la población en general.

Las disposiciones generales decretan también que esta normativa es de orden pública. Así como que su aplicación está vigente en toda la República. Pero remarca que no actuará en perjuicio de otros convenios o tratados internacionales.

En este mismo sentido, el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Economía será el encargado de aplicar e interpretar las disposiciones.

Facultades del Ejecutivo Federal y la Secretaria de Economía

En esta parte, la legislación estipula las facultades de este órgano mexicano. Por ejemplo, entre sus funciones destacan la creación o la supresión de aranceles. Asimismo puede regular la exportación, importación y tránsito de las mercancías cuando lo estime urgente.

Del mismo modo, tienen potestad para “conducir negociaciones comerciales internacionales”. También ejercerá labores de coordinación.

Por otra parte, la Secretaria puede “proyectar y proponer al Ejecutivo Federal modificaciones arancelarias”. Así como establecer requisitos de mercado de origen o resolver investigaciones sobre prácticas desleales, entre otras.  

El objetivo principal de la Ley de Comercio Exterior es la regulación y promoción del comercio exterior en México para satisfacer las necesidades de sus mercados de forma interna y externa.


Aranceles y otras medidas de regulación del comercio internacional

Los aranceles son los impuestos que establece la ley para la exportación e importación. Según la normativa mexicana, existen distintos tipos, por ejemplo:

  • Ad-valorem: “cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía”.
  • Específicos: expresados “en términos monetarios por unidad de medida”
  • Mixtos: son la combinación de las dos tipologías anteriores.

Además, estos podrán categorizarse por la cantidad o valor de las mercancías (arancel-cupo). Así como por periodos de años, cuando las tarifas varían en función de la época (arancel estacional).

Por otra parte, la Ley de Comercio Exterior establece regulaciones y restricciones no arancelarias para la actividad comercial fuera de las fronteras. Estas normas pueden aplicarse en casos concretos, como por ejemplo los siguientes:

  • Asegurar el abastecimiento del país: en términos de materias primas, recursos naturales o productos acabados.
  • Preservar la flora y la fauna del país.
  • Conservar el valor de bienes históricos y patrimoniales.
  • En situaciones no previstas en la ley relacionadas con la salud pública.

Prácticas desleales

Las prácticas desleales están presentes en cualquier ámbito. Siempre hay alguien que intenta hacer trampa en beneficio propio. Por ello, esta legislación también dedica un título propio a las infracciones en el mercado internacional.

En este sentido, la Ley de Comercio Exterior considera prácticas desleales a “la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones en el país exportador”.

También advierte que las personas físicas o morales que incumplan lo citado se enfrentarán al pago de cuotas como compensación por el daño causado.

Desgranar la ley capítulo por capítulo nos llevaría a un texto demasiado denso. Pero con estas nociones, esperamos haber aclarado algunas cuestiones de gran relevancia para los mercados fuera de las fronteras.

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